Siguenos:

Marco legal y ciudadanía: ¿qué dice la Ley 210-19 sobre el uso del Himno?

Ley 210-19. En República Dominicana, la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional son más que simples símbolos: son el retrato vivo de la historia, la independencia y la identidad de nuestro pueblo. Reconociendo esta importancia, el Congreso Nacional aprobó en 2019 la Ley No. 210-19, con el propósito de regular de forma clara y actualizada el uso de estos emblemas patrios.

¿Por qué es necesaria esta ley 210-19?

Antes de su aprobación, las normas sobre los símbolos patrios estaban dispersas en varias leyes antiguas y en algunos casos obsoletas. Esto generaba confusión y un uso incorrecto que podía afectar el respeto que merecen estos símbolos nacionales. La Ley 210-19 unifica todas esas disposiciones, establece normas modernas y un régimen de sanciones para proteger la dignidad de la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional.

La Bandera Nacional: un símbolo de identidad y respeto

La ley establece las dimensiones oficiales que debe tener la Bandera Nacional, permitiendo tamaños pequeños, medianos y grandes, siempre respetando sus proporciones. Además, define días específicos para su izamiento obligatorio, como el 27 de febrero (Día de la Independencia y Día de la Bandera), el 26 de enero (día de Duarte), el 25 de febrero (día de Mella) y otros eventos patrios importantes.

También regula cómo y cuándo debe colocarse la bandera, especificando que en edificios públicos debe izarse desde las 8:00 a.m. hasta las 5:30 p.m., aunque en monumentos y plazas puede permanecer las 24 horas. Detalla cómo se debe colocar en posición horizontal o vertical, en calles con orientación norte-sur o este-oeste, y su correcta posición junto a otras banderas para garantizar su prominencia.

Un aspecto muy importante es la forma correcta de doblar la bandera para guardarla y la manera digna de eliminarla cuando se encuentre en mal estado, evitando que sea objeto de ultraje o desprecio.

El Escudo Nacional: un emblema exclusivo y protegido

El Escudo Nacional tiene un uso restringido para altos funcionarios y ciertas entidades oficiales, para evitar su uso indebido o comercial. La ley especifica quiénes pueden emplearlo, desde el presidente y vicepresidentes, hasta ministros, embajadores y ciertos jefes militares.

Se prohíbe su uso con colores distintos a los oficiales o para fines comerciales. También se castigan actos como destruirlo en público, profanarlo o sustraerlo de monumentos. Esto protege la integridad y el valor histórico que representa este símbolo nacional.

El Himno Nacional: respeto y solemnidad en cada nota

La ley establece que el Himno Nacional debe interpretarse respetando su letra y melodía originales, sin alteraciones o conversiones que lo vuelvan un ritmo bailable o una pieza que se use de forma inadecuada. Se debe cantar o escuchar en actos oficiales, deportivos, culturales y en centros educativos, siendo obligatorio entonarlo antes de las clases en escuelas públicas y privadas.

Además, estaciones de radio y televisión están obligadas a difundirlo en fechas patrias específicas, reforzando el sentido de patriotismo y unidad.

Sanciones para proteger los símbolos patrios

Para asegurar el respeto a estos símbolos, la ley establece sanciones que van desde multas hasta penas de prisión para quienes cometan actos de irreverencia o ultraje, como usar colores distintos en la bandera, quemarla en público, alterar el himno o usar el escudo de forma indebida. En caso de reincidencia, las penas se duplican.

Promoviendo la educación y la conciencia ciudadana

Más allá de las normas y sanciones, la Ley 210-19 impulsa campañas educativas en conjunto con instituciones como la Academia Dominicana de la Historia y el Instituto Duartiano, para enseñar a los dominicanos, desde pequeños, el significado profundo de nuestros símbolos patrios y cómo cuidarlos.

También obliga a que en los cuadernos escolares editados con fondos públicos figure uno de estos símbolos, recordándonos que el respeto a la patria se aprende desde la escuela.

La Ley No. 210-19 es un instrumento fundamental para mantener viva la memoria histórica y la identidad nacional dominicana. Al regular el uso de la Bandera, el Escudo y el Himno Nacional, protege la dignidad y el respeto que merecen estos símbolos que nos unen como pueblo.

Honrar estos símbolos es honrar la historia, la lucha y los valores que nos han hecho libres y que nos inspiran a seguir construyendo una República Dominicana de progreso, paz y orgullo.

Últimas noticias:

¿Está en peligro el legado de Duarte?

Duarte. En este momento histórico en que las potencias mundiales redefinen sus esferas de influencia multipolar, el principio fundamental de la soberanía y la independencia de las naciones afronta el riesgo de quedar seriamente...